Ordenanzas y decretos

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NúmeroFechaExtracto
882 01/12/1988 Ampliase las siguientes partidas del Presupuesto General de Gastos e Inversiones y Calculo de Recursos del año 1988:
881 29/11/1988 Disponese la distribución de boletas de Tasa General de Inmuebles y Agua Corriente, por intermedio de personas con beneficios previsionales a bajos montos.
880 29/11/1988 Modificase los Arts. 11 y 19 de la Ordenanza Nº 361, los que quedaran redactados de la siguiente manera: “Art. 11: Desde calle L. N. Alem hasta Ruta Nac. Nº 11; calle Jorge Neme hasta 1º de Mayo y Juan Mantovani desde 1º de Mayo hsta Ruta Nac. Nº 11”. “Art. 19: Los propietarios que no dieran cumplimiento a lo establecido en Ordenanza la Edificación Nº 361, se harán pasibles a multas equivalentes al valor en AUSTRALES de OCHO (8) bolsas de cemento (
879 11/11/1988 Ampliase en forma global el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Honorable Concejo Municipal de la ciudad de San Justo, en la cantidad de AUSTRALES: CIENTO OCHENTA MIL (A 180.000).
878 11/11/1988 Eliminase del Capítulo 9, articulo 90 del Código Fiscal Uniforme (vendedores ambulantes) promulgada por Ordenanza Nº 804, el inc. i - 1 - Fijas.
877 10/11/1988 Concédese un Nicho a Perpetuidad, con carácter de gratuito, para guardar los restos mortales del ciudadano ERNESTO GARSILASO. El Nicho a que se refiere el Art. 1 de esta Ordenanza, es el identificado como el número 1985 - Sección I, 4ta. fila.
876 10/11/1988 Modificase el Art. 5º de la Ordenanza Nº 848/88, que quedará redactado de la siguiente manera: “La presentación deberá efectuarse antes del 30 de diciembre del corriente año, vencido el termino legal, los infractores deberán abonar una multa equivalente a 10 litros de nafta común, pudiendose además proceder al secuestro del rodado hasta cumplimentar lo establecido en la presente Ordenanza”.
875 10/11/1988 Disponese por única vez y con caracter de extraordinario, un vencimiento especial de las cuotas 1º y 2º de los Convenios de pago suscripto de conformidad a lo normado por Ordenanza Nº 825/88.
874 10/11/1988 Fíjase para el cobro del 6to. Bimestre de Tasa General de Inmuebles, los siguientes montos por metro lineal de frente: ZONA ESPECIAL Por mes A 2,96.- Por Bimestre A 5,92.- ZONA PRIMERA Por mes A 2,52.- Por Bimestre A 5,04.- ZONA SEGUNDA Por mes A 2,12.- Por Bimestre A 4,24.- ZONA TERCERA Por mes A 1,86.- Por Bimestre A 3,72.- ZONA CUARTA Por mes A 0,88.- Por Bimestre A 1,76.- ZONA QUINTA Por mes A 0,37.- Por Bimestre A 0,74.-
873 10/11/1988 TASA INMUEBLES RURALES - Modificase el Art. 1 de la Ordenanza Nº 867/88, que quedará redactado de la siguiente manera: “Para el presente año se abonará una sola cuota con vencimiento el día 18 de Noviembre de 1988, equivalente a UN litro de gasoil por hectárea”.
872 18/10/1988 Lo establecido en el Art. 1 de la Ordenanza 815/88 será de aplicación a partir del 01/ 01/ 88 y las Tasas correspondientes a los años 1985, 1986 y 1987 se determinará de acuerdo a lo establecido en el Art. 2 de la Ordenanza Nº 657/85.
871 18/10/1988 Fijase para el mes de Septiembre de 1988, las siguientes escalas salariales para el Personal de la Municipalidad de San Justo:
870 04/10/1988 Modificase el Art. 3 de la Ordenanza 726/86, el que a partir de la promulgación de la presente quedará redactado de la siguiente manera: “SON CONDICIONES QUE EL CENTRO DE TRANSPORTE DE SAN JUSTO DEBERÁ OBSERVAR, DURANTE EL PERIODO DEL COMODATO, QUE SE FIJA EN 25 AÑOS A PARTIR DE LA PROMULGACIÓN DE LA PRESENTE ORDENANZA,............
869 04/10/1988 READECUACION PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS E INVERSIONES Y CALCULO DE RECURSOS AÑO 1988
868 04/10/1988 Fijase en la suma de A 15,00 (AUSTRALES: QUINCE) el Derecho de Patentamiento de bicicletas.
867 04/10/1988 Modificase el Articulo 4º de la Ordenanza Nº 853, que quedará redactado de la siguiente manera: “Para el presente año se abonará una sola cuota con vencimiento el día 31 de octubre de 1988, equivalente a un litro de gasoil por hectárea, en las condiciones establecidas en el Articulo 2º de esta Ordenanza”.
866 26/09/1988 Otorgase al Señor NORBERTO SPINELLI, DNI Nº 16.272.127, un subsidio mensual de AUSTRALES: CUATROCIENTOS (A 400) por el termino de seis meses a partir del corriente mes.
865 26/09/1988 De conformidad con lo dispuesto por las Ordenanzas Nº 738 de fecha 14 de Noviembre de 1986 y 788 del 18 de Septiembre de 1987, crease la Institución Museo Histórico de la ciudad de San Justo “ROSA GIUSSANI DE PIVA”.
864 20/09/1988 Exímese a los herederos del panteón en el cementerio de nuestra ciudad y que figura a nombre de FAMILIA DEFOREL (Lote Nº 5 Sección Nº 11 de la Tasa a los Panteones, establecida por Ordenanzas Nºs. 657 y 815).
863 20/09/1988 Dése curso a las siguientes solicitudes de las calles mencionadas a continuación, llamando al respectivo LIBRO DE OPOSICIÓN, para su posterior implementación, si así correspondiere para la extensión de la red de agua corriente.-